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12. - LEGALIZACIÓN DE CERTIFICADOS DE ESTUDIOS



Descripción:

Para que un documento tenga validez en la República, deberá estar debidamente legalizado. La República no reconoce la Apostilla.

Respecto de las certificaciones de ESTUDIOS cursados en entidades públicas en España:
1. - En primer lugar ha de ser legalizado el documento ante el Ministerio de Educación. Más info: http://www.educacion.es/mecd/jsp/plantilla.jsp?id=23&area=titulos/legalizacion
2. - En segundo lugar deberá ser legalizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación español. Más info: http://citaprevia.maec.es/citaprevia/
3.- Legalización Consular. Este Consulado es competente para Legalizar los documentos emitidos por centros educativos de Andalucía, Badajoz, Ceuta y Melilla, debidamente legalizados.

Documentación a aportar para la Legalización Consular:

- Solicitud cumplimentada - MOD.16
- Documento a legalizar, previamente legalizado.
- Recibo bancario del abono de la tasa. Se efectuará el mismo día del trámite.

Formulario de solicitud:

MOD. 16

Tasa:

3 pesos consulares, por documento.
(consultar el valor del peso en este mes).

NOTAS AL TRÁMITE:

- Todos los trámites se realizarán únicamente PREVIA CITA.
- Se podrá hacer esta tramitación vía correo, para lo cual, en el envío deberá incluir, además de lo antes referenciado: Sobre y sellos de correos en su interior, por importe suficiente para el envío en correo certificado a su domicilio.

 

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